• Fortalecen el Código Penal con 10 agravantes al delito de feminicidio, que no prescriba y que sea una obligación que las autoridades juzguen con perspectiva de género e investigar las muertes violentas de mujeres como feminicidio, entre otras.
Mexicali, B.C., jueves 25 de enero de 2024.- En Sesión Ordinaria la XXIV Legislatura local, aprobó por mayoría del Pleno del Congreso, el dictamen número 31 de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes que preside la diputada Liliana Michel Sánchez Allende, en materia de reforma del tipo penal del feminicidio conforme a las recomendaciones de la alerta de género y el modelo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), así como de violencia ácida.
Como antecedente, a la Comisión de Igualdad de Género y de Juventudes le fueron turnadas para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, diversas iniciativas de reforma en materia penal, presentada por las Diputadas María del Rocío Adame Muñoz, Liliana Michel Sánchez Allende, Amintha Guadalupe Briceño Cinco, Araceli Geraldo Núñez, Dunnia Monserrat Murillo López y Daylín García Ruvalcaba, así como por los diputados Román Cota Muñoz y Cesar Adrián González García.
Entre los principales objetivos de las propuestas destaca que el delito de feminicidio es imprescriptible; que incluye a todas las mujeres en su diversidad; se suman otras circunstancias que consideran una muerte de mujer como feminicidio; se incluyen como sujetos de recepción de servicios de atención psicológica personas con discapacidad, adultas mayores y menores de edad, víctimas indirectas de feminicidio, homicidio doloso, y lesiones en razón de género.
En el mismo sentido, se agrava la pena del delito de feminicidio cuando la víctima sea niña, adolescente, indígena, persona adulta mayor, discapacitada, embarazada, sometida a prostitución, entre otras; se impone la obligación de que toda muerte violenta de mujer se investigue como probable feminicidio; se incrementa la pena mínima de prisión de 35 a 40 años y la multa; además se establece la obligación del Poder Judicial de emitir sentencias con perspectiva de género.
Además, se crea el delito de violencia ácida, contra el que produzca dolosamente daños o alteraciones en la salud, dejando huella material en el cuerpo de la mujer y haya utilizado cualquier tipo de agente químico, ácido, corrosivo o inflamable, se le impondrá de siete a trece años de prisión y multa de trescientas a setecientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
Se presentó una reserva por parte de la diputada Dunnia Monserrat Murillo López para que en el artículo 143 TER del Código Penal se adicione un tercer párrafo para que se especifique que si las lesiones con sustancias ácidas afectan la cara, cuello, manos, brazos u órganos sexuales de la víctima la pena aumentará adicionalmente hasta por dos terceras partes de la máxima y mínima establecidas. Posteriormente, el dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular por unanimidad de los presentes.
Las propuestas reforman y adicionan a los artículos 43, 114, 119,129, 1142 Bis, 129 Bis y 293, se adicionan los artículos 129 Bis, 123 Ter y 143 Ter del Código Penal para el Estado, se reforma el 9 de la Ley de Víctimas del Estado de Baja California, 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California, artículo 6 de la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Asimismo, previo al inicio de la Sesión Ordinaria del Pleno del Congreso, la diputada presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, realizó una rueda de prensa en la sala Francisco Dueñas Montes del Poder Legislativo, con motivo del análisis del dictamen número 31 además de informar sobre el trabajo realizado en materia de la Alerta de Violencia de Género y la coordinación interinstitucional para sacar adelante el paquete de reformas.
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